Éxodo 22 (RVG)
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- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:1 (RVG)|1]] Cuando alguno hurtare buey u oveja, y le degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja, cuatro ovejas. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:2 (RVG)|2]] Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que le hirió no será culpado de su muerte. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:3 (RVG)|3]] Y si el sol ya había salido sobre él; el matador será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:4 (RVG)|4]] Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:5 (RVG)|5]] Si alguno hiciere pacer campo o viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, de lo mejor de su tierra y de lo mejor de su viña, pagará restitución. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:6 (RVG)|6]] Cuando un fuego se extendiere y tomare espinas, y quemare gavillas amontonadas, o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:7 (RVG)|7]] Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:8 (RVG)|8]] Si el ladrón no se hallare, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para ver si ha metido su mano en la hacienda de su prójimo. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:9 (RVG)|9]] Sobre todo asunto de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido o sobre cualquier cosa perdida, cuando uno dijere: Esto es mío, la causa de ambos será traída ante los jueces; y aquel a quien los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:10 (RVG)|10]] Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y se muriere o se perniquebrare, o fuere llevado sin verlo nadie; |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:11 (RVG)|11]] Juramento de Jehová tendrá lugar entre ambos de que no echó su mano a los bienes de su prójimo: y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:12 (RVG)|12]] Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:13 (RVG)|13]] Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:14 (RVG)|14]] Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, ausente su dueño, deberá pagarla. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:15 (RVG)|15]] Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, él vendrá por su alquiler. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:16 (RVG)|16]] Y si alguno engañare a alguna doncella que no fuere desposada, y se acostare con ella, deberá dotarla y tomarla por esposa. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:17 (RVG)|17]] Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:18 (RVG)|18]] No dejarás que viva la hechicera. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:19 (RVG)|19]] Cualquiera que tuviere ayuntamiento con bestia, morirá. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:20 (RVG)|20]] El que sacrificare a dioses, excepto a sólo Jehová, será muerto. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:21 (RVG)|21]] Y al extranjero no engañarás, ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:22 (RVG)|22]] A ninguna viuda ni huérfano afligiréis. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:23 (RVG)|23]] Que si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor; |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:24 (RVG)|24]] y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras esposas quedarán viudas, y huérfanos vuestros hijos. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:25 (RVG)|25]] Si prestares dinero a algún pobre de los de mi pueblo que está contigo, no serás usurero para con él; no le impondrás usura. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:26 (RVG)|26]] Si tomares en prenda la vestidura de tu prójimo, a la puesta del sol se lo volverás: |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:27 (RVG)|27]] Porque sólo aquella es su cubierta, es la vestidura para cubrir su piel. ¿En qué dormirá? Y será que cuando él a mí clamare, yo entonces le oiré, porque soy misericordioso. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:28 (RVG)|28]] A los jueces no injuriarás, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:29 (RVG)|29]] No demorarás en dar la primicia de tu cosecha, ni de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:30 (RVG)|30]] Así harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás. |
- | * [[ Éxodo | + | * [[ Éxodo 22:31 (RVG)|31]] Y habéis de serme varones santos: y no comeréis carne arrebatada de las fieras en el campo; a los perros la echaréis. |
Current revision
- 1 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y le degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja, cuatro ovejas.
- 2 Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que le hirió no será culpado de su muerte.
- 3 Y si el sol ya había salido sobre él; el matador será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto.
- 4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble.
- 5 Si alguno hiciere pacer campo o viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, de lo mejor de su tierra y de lo mejor de su viña, pagará restitución.
- 6 Cuando un fuego se extendiere y tomare espinas, y quemare gavillas amontonadas, o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.
- 7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.
- 8 Si el ladrón no se hallare, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para ver si ha metido su mano en la hacienda de su prójimo.
- 9 Sobre todo asunto de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido o sobre cualquier cosa perdida, cuando uno dijere: Esto es mío, la causa de ambos será traída ante los jueces; y aquel a quien los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.
- 10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y se muriere o se perniquebrare, o fuere llevado sin verlo nadie;
- 11 Juramento de Jehová tendrá lugar entre ambos de que no echó su mano a los bienes de su prójimo: y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.
- 12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño.
- 13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado.
- 14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, ausente su dueño, deberá pagarla.
- 15 Si el dueño estaba presente, no la pagará. Si era alquilada, él vendrá por su alquiler.
- 16 Y si alguno engañare a alguna doncella que no fuere desposada, y se acostare con ella, deberá dotarla y tomarla por esposa.
- 17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes.
- 18 No dejarás que viva la hechicera.
- 19 Cualquiera que tuviere ayuntamiento con bestia, morirá.
- 20 El que sacrificare a dioses, excepto a sólo Jehová, será muerto.
- 21 Y al extranjero no engañarás, ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.
- 22 A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.
- 23 Que si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor;
- 24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras esposas quedarán viudas, y huérfanos vuestros hijos.
- 25 Si prestares dinero a algún pobre de los de mi pueblo que está contigo, no serás usurero para con él; no le impondrás usura.
- 26 Si tomares en prenda la vestidura de tu prójimo, a la puesta del sol se lo volverás:
- 27 Porque sólo aquella es su cubierta, es la vestidura para cubrir su piel. ¿En qué dormirá? Y será que cuando él a mí clamare, yo entonces le oiré, porque soy misericordioso.
- 28 A los jueces no injuriarás, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.
- 29 No demorarás en dar la primicia de tu cosecha, ni de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos.
- 30 Así harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
- 31 Y habéis de serme varones santos: y no comeréis carne arrebatada de las fieras en el campo; a los perros la echaréis.